SEC.
EXP.
ESCRITO Nº 1
DEMANDA EJECUCIÓN DE OBLIGACION DE DAR SUMA
DE DINERO
SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO DE PAZ
LETRADO DE CHICLAYO:
LIDIA
TERESA CAMPOS MEGO, identificada con D.N.I. Nº 46886042, con domicilio real en Av.
Larco Nº 286, Trujillo; y domicilio procesal en Av. España Nº 248 de esta
ciudad; ante usted respetuosamente me presento y digo:
I.
EJECUTADO:
La presente demanda se dirige contra Miriam
Soledad Murga Salas, a quien se deberá notificar en la Av. Balta Nº 557, en la
ciudad de Chiclayo.
II.
PETITORIO:
Interpongo demanda de ejecución de
obligación de dar suma de dinero con la finalidad que su juzgado ordene al
ejecutado cumpla con pagar la suma de S/. 10,000.00 más los intereses
compensatorios y moratorios pactados y
las costas y costos del proceso.
III.
HECHOS
QUE FUNDAMENTAN MI PETITORIO:
1.
El día 03 de Julio del 2011, Juana del Carmen
Cabrera giro una letra de cambio por el monto de S/. 10,000.00 a mi favor. El
vencimiento de dicha letra de cambio se estableció para el día 02 de Enero del
2012, siendo aceptada por el demandado.
2.
Vencido el plazo del pago, procedí a efectuar la
presente demanda y requerir al obligado el cumplimiento de la obligación.
IV.
FUNDAMENTACION
JURIDICA DEL PETITORIO:
Mi demanda es amparada por lo dispuesto
en:
Art. 1 de la Ley de títulos valores que le
otorga calidad a la letra de cambio anexada a la presente demanda.
Art. 688 del Código Procesal Civil que
señala a la letra de cambio como titulo valor.
Art. 689 del Código Procesal Civil que
señala los requisitos comunes del titulo ejecutivo.
V.
VIA
PROCEDIMENTAL:
La presente demanda deberá tramitarse por
la vía del proceso único de ejecución.
VI.
MONTO
DEL PETITORIO:
El monto del petitorio asciende a S/.
10,000.00 más los intereses compensatorios y moratorios pactados.
VII.
MEDIOS
PROBATORIOS:
Letra de cambio debidamente aceptada por
la suma de S/. 10,000.00.
VIII.
ANEXOS:
1. A. Copia del D.N.I. del recurrente.
1. B. Letra de cambio debidamente aceptada
por la suma de S/. 10,000.00.
1. C. Arancel judicial por calificación de
título ejecutivo.
1. D. Arancel por judicial por cédulas de
notificación.
POR LO EXPUESTO, solicito a usted resolver conforme a Ley.
Trujillo, 11 de mayo de 2012
Lidia Teresa
Campos Mego
Alvaro Rodriguez Cruz
Demandante
Abogado
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