SEC.
EXP. N°
ESCRITO N° 1
DEMANDA DE DIVORCIO POR CAUSAL
SEÑOR
JUEZ ESPECIALIZADO EN LO CIVIL DE TRUJILLO
Solange
Margot Gil Cáceres, identificada con DNI 12345678, con domicilio real en Av.
América Sur N°4320 y con domicilio procesal en Basilio Pacheco N°456 Urb. El
Bosque, Trujillo; ante usted respetuosamente me presento y digo:
I.
DEMANDADO
La
presente demanda se dirige contra el señor Tito Alberto Huamán Condori,
domiciliado en Av. América Sur N°4320, distrito y provincia de Trujillo.
II.
PETITORIO:
Interpongo
demanda de divorcio por causal de imposibilidad de hacer vida en común con la
finalidad que su juzgado disuelva el vínculo matrimonial existente entre ambos.
III.
HECHOS
QUE FUNDAMENTAN MI PETITORIO
1)
Que, a partir del segundo año de
haber contraído matrimonio, mi cónyuge empezó a llegar ebrio y a maltratarme
física y psicológicamente.
2)
Que, interpuse una denuncia por
violencia familiar ante la PNP en donde me realizaron exámenes médicos y pericias psicológicas.
3)
Que, mi cónyuge al enterarse de la
denuncia que realice, intensifico el maltrato hacia mi persona y empezó a ausentarse
del hogar por varios días evadiendo sus obligaciones conyugales por malgastar
el dinero en salones de casinos y
apuestas.
4)
Que, el demandado agredió
verbalmente y amenazó de muerte a mis padres, teniendo como testigos a varios
vecinos.
5)
Por lo cual, de los hechos expuestos
con anterioridad dan a conocer la imposibilidad de hacer vida en común con mi
cónyuge.
IV.
FUNDAMENTACIÓN
JURÍDICA DEL PETITORIO
Fundo mi
demanda en el art. 333 incisos 2, 5, y 11 del Código Civil, tal como lo explico
a continuación:
·
Art. 333 inc. 2: Es aplicable por la
violencia física y psicológica que mi cónyuge realizaba contra mi persona, tal
como se señala en los puntos 2 y 3 de los hechos.
·
Art. 333 inc. 5: Se aplica porque mi
cónyuge se ausentaba del hogar por largos periodos de tiempo, según lo narrado
en el punto 3 de mi demanda.
·
Art. 333 inc. 11: Es aplicable por
la imposibilidad de hacer vida en común con mi cónyuge, según lo narrado en los hechos de mi demanda.
V.
MONTO DEL
PETITORIO
Indefinido.
VI.
VÍA
PROCEDIMENTAL
El presente
proceso se tramita por la vía del proceso de conocimiento.
VII.
MEDIOS
PROBATORIOS
1)
Ofrezco como prueba el original de
mi partida de matrimonio expedida por el Registro Civil de la ciudad de
Trujillo, que acredita la existencia del vínculo matrimonial.
2)
Ofrezco, copia de la denuncia por
violencia familiar que inicie ante la PNP, según lo explicado en el punto 2 de
los hechos.
3)
Ofrezco copias de los exámenes
médicos y pericias psicológicas que me realizaron, según los hechos narrados en el punto 2 de mi demanda.
4)
Ofrezco copias de los comprobantes
de deudas que mi cónyuge tiene con salones de casinos y apuestas, según los
hechos narrados en el punto 3 de mi demanda.
5)
Ofrezco la declaración de mis padres
como también la de varios vecinos, sobre los hechos narrados en el punto 4 de
mi demanda, según pliego de preguntas que en sobre cerrado acompaño.
VIII.
ANEXOS
1A) Copia
DNI de la demandante.
1B) Partida
de matrimonio expedida por el Registro Civil de la ciudad de Trujillo.
1C) Copia
de la denuncia por violencia familiar ante la PNP.
1D) Copia
de exámenes médicos y pericias psicológicas.
1E) Copia
de comprobantes de deuda de salones de juego.
1F) Sobre
cerrado con pliego de preguntas.
POR LO
EXPUESTO:
A Ud. Señor
Juez, solicito se sirva ADMITIR la presente demanda y oportunamente declararla
FUNDADA.
Trujillo,
12 de setiembre de 2011.
Solange Margot Gil Cáceres Alvaro Junior Rodríguez Cruz
Demandante
Abogado
No hay comentarios:
Publicar un comentario